El título de Patrón de Yate te habilitará para:- 1º Gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 24 metros de eslora, que faculta para navegar en la zona comprendida entre la costa y una línea paralela a la misma trazada a una distancia de 150 millas náuticas.
- 2.º Gobierno de motos náuticas, dentro de los límites específicos de navegación aplicables a éstas, de acuerdo con sus características técnicas.
Para poder obtener esta titulación deberás estar en posesión del título de Patrón de Embarcaciones de Recreo (PER) y superar el examen correspondiente de esta titulación así como también las prácticas de navegación.